@Title: camino de la cárcel

@File: enatla02

@Participants: SAN, Sandra (woman, B, 3, lawyer, x, Madrid)

@Date: 19/01/2002

@Place: Madrid

@Situation: at SON's home

@Topic: trials, penalties and contracts

@Source: C-ORAL-ROM

@Class: formal, formal in natural context, law, monologue

@Length: 16' 46''

@Words: 3043

@Acoustic_quality: A

@Transcriber: Guillermo

@Revisor: Guillermo and Manuel (prosody)

@Comments:

 

*SON: bueno // pues voy a comentar / el procedimiento / que hay que seguir / desde que una persona / comete un delito / hasta que esta persona / entra en prisión / cumple sentencia /  y posteriormente sale en libertad // bueno / pues el primer / paso / es / &eh / la comisión del delito // cuando una persona comete un delito / pueden ocurrir dos circunstancias // la primera de ellas / que sea &co &eh [/] que sea / en / hhh [/] bueno pues pillado / &infragran [/] infraganti / que sería cuando una persona / &eh en este &mo [/] en el momento de comisión del delito / pues es descubierta por la policía / o otras autoridades / de [/] del Estado // en este momento pues la persona sería / inmediatamente / arrestada / y [/] y detenida // pero otra / de las posibilidades / es que otra persona / lleve a cabo la comisión del delito / pero que sin embargo / no sea &dete [/] que sin embargo / se descubra / que / esta persona xxx la que ha cometido el delito / por investigaciones // y que posteriormente / pues sea / esta persona / &eh / haya que ir a buscarla a su casa / o / cualquier domicilio de trabajo / cualquier &co [/] o cualquier otro domicilio / conocido // en el caso de que no / se supiese donde está [///] un paradero conocido de esta persona / pues simplemente sería / &eh / decretado / en búsqueda y captura // bueno / cuando / esta persona a través de [///] cuando comete este delito y [/] y se le llevan [/] y se [/] y la policía descubre / que ha sido / &eh / una persona determinada / y / se le [/] y / se va a su casa a por él / pues esta persona se la arresta // y / en este momento / cualquiera de las formas por las que haya sido / arrestada / o cualquier / &mm / &eh [///] trendrá que estar / xxx un / máximo / unas setenta y dos horas / &eh / hasta que sea / puesta / en disposición judicial // &eh / es decir / que en ningún momento / ninguna persona / puede estar detenida más de setenta y dos horas / sin / que un juez / sepa / o / vigile / ese [/] ese caso // bueno / pues / durante el procedimiento / del arresto / durante las setenta y dos horas / hasta que esta persona este puesta / a disposición judicial / la persona no tiene derecho / a contactar con ningún familiar / no tiene [///] ni siquiera / a hablar con sus &ab [/] con su abogado // es decir que / el abogado le podría / pues informar / sobre / otras personas / que hubieran estado en [/] en la misma situación / cometiendo el mismo delito / bandas organizadas / que esto serían / pues un perjuicio para la / policía // y / tampoco puede ser / ni &co [/] puede / ni llamar por teléfono / no puede entrar en comunicación con nadie / hasta / el día / en que / esta persona / tenga que prestar declaración // que sería / declaración ante su letrado // que / sí que le leerá sus derechos / pero básicamente simplemente le enunciará los derechos que tiene / el derecho a permanecer en silencio / el derecho / a un traductor si no tiene [/] si no conoce la lengua / y / otros derechos // pero / en ningún momento le podrá asesorar / de nada // una persona / una vez que la persona / haya llevado a cabo su declaración / el juez / decide // y este [/] el juez puede decir / que no existen pruebas suficientes / o / para / meter a esta persona en prisión / o puede considerar que sí //